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Friday, 06 July 2012 19:00

Nuevos lineamientos técnicos factura electrónica 2012

A Partir del 1 de Julio de 2012, todos los contribuyentes que se encuentren dentro del esquema CFDI/CFD deberán incorporar los cambios especificados en el Anexo 20 de la RMF (Resolución Miscelánea Fiscal) 2012 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Diciembre de 2011.

Artículo Décimo Octavo Transitorio de la RMF 2012

Los cambios que afectan a la mayoría de los contribuyentes se concentran en los artículos 29 y 29 A para CFDI son:

1. Nombre, Dirección y Razón Social OPCIONALES: En las nuevas especificaciones se pueden omitir el nombre, la dirección y la denominación social tanto del contribuyente emisor como el receptor. Sin embargo, si se desea incluirlos, se pueden hacer libremente.

2.Régimen fiscal OBLIGATORIO: conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, los comprobantes deben incluir el régimen fiscal del contribuyente “EMISOR”. Si el contribuyente tiene varios regímenes, debe incluir únicamente el que aplique al tipo de comprobante emitido.

3. Método de Pago OBLIGATORIO: Se debe especificarse si el pago fue en efectivo, transferencia electrónica o cheques. La RMF 2012 señala que si no conocemos el dato, podemos seleccionar la leyenda “No identificado”.

4. Cuenta de Pago OPCIONAL: Se debe indicar al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta con la que se realizó el pago

5. Unidad de medida OBLIGATORIO: incluir la unidad de medida en los conceptos. Se debe expresar la cantidad y la clase de bienes, mercancías o servicio, detallando si son: kilos, litros, metros, pieza entre otros. En los casos de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, se podrá asentar la expresión “No aplica”.(CFF 29-A / RMF 2012 I.2.7.1.5 / 2 resolución de modificaciones a RMF 2012/ ANEXO 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior)

6. Lugar de Expedición OBLIGATORIO: Se debe incluir el lugar de expedición independientemente si se especifica o no el domicilio fiscal del contribuyente emisor. No hay un estándar. Ejemplos serían: México DF, Ciudad de México, Sucursal Matriz Del Valle.

7. Plazo de entrega del CFDI: Se establece un plazo de tres días para que el emisor envíe el comprobante fiscal digital a los clientes.

8. Pagos en Parcialidades: Se establece que cuando la contraprestación se pague en parcialidades, se emitirá un comprobante fiscal por el valor total de la operación de que se trate, y se expedirá un comprobante fiscal por cada parcialidad, dicha parcialidad deberá incluir el folio, la serie, el total y la fecha del comprobante fiscal que se expidió por el valor total. En éste tema se espera que el SAT lance reglas aclaratorias ya que hay muchos escenarios al respecto que podrían causar ciertas preguntas. Consulte con su contador la mejor opción para usted. Recuerde que el esquema contable y de facturación no cambia, lo único que cambian son los medios de generación…

Folio Fiscal Original y Serie Fiscal Original. Este dato se refiere al folio fiscal (UUID de un CFDI) o folio y serie (CFD) del comprobante que ampara el total de una factura que se pagará en parcialidades. Este dato se debe indicar en los cada uno de los comprobantes de cada parcialidad. Esopcional.
Fecha del Folio Fiscal Original. Fecha en la que se expidió el comprobante original que ampara el total de la venta a parcialidades. Este dato se debe indicar en los cada uno de los comprobantes de cada parcialidad. Es opcional.
Total del Folio Fiscal Original. Total de la factura que se expidió de la venta en parcialidades. Este dato se debe indicar en cada uno de los comprobantes de cada parcialidad. Es opcional.

NOTA: Los datos (Folio Fiscal Original, Serie Fiscal Original, Fecha del Folio Fiscal Original y Total del Folio Fiscal Original) se deben indicar en los cada una de las parcialidades, dentro de la descripción de conceptos a facturar.

9. Nombre de aduana Opcional: (para los importadores) ahora es opcional

10. RFC para extranjeros. Anteriormente solo estaba estipulado en la RMF, ahora esta también incluido en el CFF.

Con motivo de dar certeza legal y fiscal, les informamos que éstos cambios ya existen en FiscoClic con el esquema CFDI versión 3.2 (El último disponible) y éstos comprobantes ya están “CERTIFICADOS” por proveedores autorizados de certificación con los que tenemos convenio

Cabe destacar que los cambios salieron el 28 de Diciembre de 2011 y FiscoClic realizó los mismos hace más de 4 meses. Dicho elemento es un diferenciador en el mercado ya que nosotros NO cobramos por las actualizaciones del SAT ni por las actualizaciones o mantenimientos generales de FiscoClic.

Si usted nos elige/eligió como un aliado estratégico de su negocio, nunca más tendrá que preocuparse de los cambios del SAT ya que FiscoClic siempre estará actualizado tanto tecnológica como legal y fiscalmente

Se reitera que los contribuyentes tienen de plazo para realizar los cambios hasta el30 de Junio del 2012. Después de esta fecha deberán aplicar las especificaciones técnicas previstas en el Anexo 20 de la 1ª RMF. Decimo Octavo transitorio de la RMF.