Carta Porte 2022

Contenido

A partir de enero de 2022, el SAT requiere que las empresas que transportan mercancía tramiten un complemento que sustente la posesión de las mismas, la Carta Porte. Si no sabes qué es o cómo tramitarla, aquí te decimos todo lo que necesitas saber.

Antes de abordar el tema de la Carta Porte, es necesario recordar que el Comprobante Fiscal por Internet (CFDI) o factura electrónica, es un documento digital que sirve para comprobar bienes o servicios adquiridos, así como el costo, los impuestos, fecha y demás datos correspondientes a la transacción.

A su vez, estas facturas electrónicas se acompañan de un complemento dependiendo de la operación por la cual se haya creado el archivo electrónico.

Una vez que tenemos ambos conceptos en mente, ahora sí continuemos:

Todas las mercancías que se distribuyen dentro del país, deben cumplir con la norma. Esta norma se refiere a que deben de comercializarse con documentos que garantizan su legalidad, que están los documentos en orden y que por ende pueden ser distribuidos de manera legal.

¿Qué es la carta porte?

La Carta Porte es un documento que complementa al CFDI para acreditar la posesión de los bienes o mercancías que se están distribuyendo.

Dentro de él se comprueba y acredita la posesión de los bienes o mercancías que buscan transportarse, cuando se trasladan vía terrestre, aérea, marítima o ferroviaria.

El SAT y la Secretaría de Hacienda dicen lo siguiente del complemento Carta Porte:“Los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga general y especializada, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea, así como los que presten el servicio de paquetería y mensajería, de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, así como de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros servicios que impliquen la transportación de bienes o mercancías, deben expedir un CFDI de tipo ingreso con los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF al que deben incorporar el complemento Carta Porte…El referido CFDI y su complemento amparan la prestación de estos servicios y acreditan el transporte y la legal tenencia de los bienes o mercancías con su representación impresa, en papel o en formato digital. “

La página oficial del SAT también menciona lo siguiente:

  • De uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional.
  • Obligatorio a partir del 01 de enero de 2022.
  • Sólo las autoridades federales tienen la facultad de realizar revisiones y exhibir el CFDI con el complemento Carta Porte.
  • Operaciones con comercio exterior, la Carta Porte será exigible a partir del 31 de marzo de 2022.

¿Qué pasa si no tengo la carta porte?

Imagina que tu flotilla de transporte está dirigiéndose a entregar las mercancías pactadas con tus clientes. A uno de los camiones lo detiene la policía, al entregar los documentos se percatan que no tienen la Carta Porte. Esto básicamente significa que no tiene los derechos legales sobre las mercancías que transporta, lo cual puede significar un problema legal.

Al no entregar, expedir, o poner a disposición de los clientes el CFDI con complemento Carta Porte, o por no llenar el formato con los requisitos fiscales establecidos, tendrán como consecuencia una infracción que puede sancionarse de la siguiente manera:

  • De $17,020 a $93,3330. Si hay reincidencia, puede incurrir en clausurar el establecimiento de la empresa en cuestión por un plazo de 3 a quince días (según lo previsto en el artículo 75 del Código Fiscal de la Federación).
  • De $1,490 a $2,960 en caso de quienes tributen como personas físicas que realizan exclusivamente actividades empresariales (Artículo 134 Ley del Impuesto Sobre la Renta). De igual manera si se reincide se puede clausurar el establecimiento.

Es importante considerar los siguientes dos puntos:

1. Los transportistas que presten servicios de traslado de bienes y/o mercancías que no transiten por tramos de jurisdicción federal (tramos a cargo del gobierno federal) pueden emitir el CFDI sin necesidad del complemento de Carta Porte.

2. Los contribuyentes que presten servicio de mensajería o paquetería pueden emitir un CFDI de tipo ingreso, sin necesidad del complemento Carta Porte.

¿Cómo se debe emitir el CFDI con complemento carta porte?

Al referirse en general al transporte de mercancías, el CFDI con complemento Carta Porte puede efectuarse dentro de las siguientes cuatro categorías:

Carta Porte Autotransporte

Esta categoría se refiere al transporte por vía terrestre que puede ser por ejemplo en camiones de carga.

Carta Porte Marítimo

Esta categoría se refiere al trasporte por vía marítima que puede ser, por ejemplo, en barcos de carga.

Carta Porte Aéreo

Esta categoría se refiere al trasporte por vía aérea que puede ser, por ejemplo, en aviones.

Carta Porte Ferroviario

Esta categoría se refiere al trasporte por vía ferroviaria que es en ferrocarril.

Hay dos tipos de CFDI que se hacen:

CFDI tipo Ingreso

El CFDI debe desglosar el traslado, en caso de que el receptor de la mercancía sea persona moral, se debe hacer la retención de IVA.

¿Cómo se hace?

1. Debes contar con RFC, y tener el permiso que otorga la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. (o la Marina exclusivamente en el transporte marítimo).

2. Te contrata un cliente para otorgarle el servicio de trasporte.

3. Tu cliente te proporciona la información del traslado.

4. Realizas el CFDI de los servicios de transporte que darás, en el complemento Carta Porte informas qué mercancía tienes, puntos de origen, intermediarios, las personas encargadas de la operación, y los datos del autotransporte.

5. Haces el traslado, con el complemento Carta Porte de manera física o digital avalas la legalidad de lo que se está transportando.

6. La autoridad verifica aleatoriamente en el punto de control.

7. Se entrega la mercancía en el destino pactado.

CFDI tipo traslado

Este CFDI ampara el traslado de mercancías en territorio nacional.

¿Cómo se hace?

1. El responsable del transporte requiere trasladar mercancía.

2. Se emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, donde se informa todo lo que se transporta, origen, destino, dueños, intermediarios, y datos del transporte.

3. Se realiza el transporte con sus propios medios.

4. La autoridad tiene la responsabilidad de aleatoriamente realizar verificación en los puntos de control.5. Llega al destino y finaliza el traslado.

¿Cómo se hace la carta porte?

El SAT sabe que hay muchas dudas al respecto, por eso es que lanzó una guía con la cual vienen todas las instrucciones necesarias para el llenado del complemento del CFDI: “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.

Estructura complemento Carta Porte

La Carta Porte se compone de distintas secciones que deben ser llenadas, las cuales son:

1. Carta Porte. Sección para incorporar al CFDI toda la información respecto a las mercancías o bienes a distribuir.

2. Ubicaciones. Aquí se registran el origen, y el destino ya sea parcial o final.

3. Mercancías. Se registra la información exclusivamente de la mercancía; a su vez se debe registrar el tipo de transporte que se efectuará.

4. Autotransporte Federal. Debe contar con la información necesaria para identificar el autotransporte de carga federal.

5. Transporte Marítimo. Se registra la información de la embarcación por medio del cual se trasladarán los bienes y mercancías.

6. Transporte Aéreo. Información para la identificación del transporte aéreo,7.Transporte Ferroviario. Aquí se debe contar con la información necesaria para identificar el carro, o contenedor donde se trasladarán las mercancías.

Beneficios de la carta porte

  • El complemento Carta Porte busca tener certeza en qué se transporta en el país, así como las rutas que se utilizan.
  • Conocer el origen y el destino de los bienes o mercancías.
  • Tener elementos que verifiquen las operaciones realizadas por personas que trasladan mercancías.
  • Permite a las dependencias públicas tener elementos para verificar las mercancías, y con ello acreditar que su estancia sea legal.
  • Fortalecer el comercio formal y combatir las informalidades, contrabando y evasión fiscal.

Todo el fundamento legal del complemento Carta Porte lo puedes encontrar en los Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.1.9. y 2.7.1.52. de la RMF vigente.

La Carta Porte ha generado muchas dudas al respecto desde que fue anunciado como obligatorio a partir del 1º de enero de 2022, pero en realidad no es algo complicado, simplemente es cuestión de entender bien las reglas que ha establecido la autoridad. Por eso es que decidimos crear este material para contestar las dudas más significativas al respecto del complemento Carta Porte.

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