¿Cómo calcular el impuesto sobre nómina (ISN)?

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Impuestos, impuestos y más impuestos. El Impuesto Sobre la Nómina aplica a los pagos efectuados por concepto de remuneración al trabajo prestado bajo la subordinación del patrón en las diferentes entidades del país, pero como realizar el calculo de isn?

¿Qué es el ISN?

El Impuesto Sobre la Nómina (ISN) o impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, es un impuesto estatal que cada persona física, moral o autónoma que genere ingresos dentro del estado y pague percepciones a sus empleados debe de pagar en la secretaría de finanzas de la entidad.

Los conceptos tomados en cuenta para el pago de este impuesto son todos los relacionados con remuneración al trabajo prestado, lo que quiere decir que abarca (según el Artículo 156 del Código Fiscal de la CDMX):

  • Sueldos y salarios.
  • Tiempo extra de trabajo.
  • Premios, primas, bonos, estímulos e incentivos.
  • Compensaciones.
  • Gratificaciones y aguinaldos.
  • Participación patronal al fondo de ahorro.
  • Primas de antigüedad.
  • Comisiones.
  • Pagos realizados a administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos de vigilancia o administración de sociedades y asociaciones.

A su vez, hay ciertos conceptos que NO se toman en cuenta, éstos siendo (según el Artículo 157 del Código Fiscal de la CDMX):

  • Instrumentos y materiales necesarios para trabajar.
  • Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro.
  • Gastos funerarios.
  • Jubilaciones, pensiones, indemnizaciones por riesgo de trabajo.
  • Aportaciones al
  • Cuotas al IMSS y al ISSSTE.
  • Aportaciones adicionales que el patrón quiera otorgar en cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada, o los planes de pensiones que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
  • Viáticos y gastos de representación.
  • Alimentación, habitación y despensas.
  • Intereses subsidiados en créditos al personal.
  • Primas por seguros obligatorios.
  • Prestaciones de previsión social regulares y permanentes.
  • Participaciones en las utilidades de la empresa
  • Personas contratadas con discapacidad.

*Cabe mencionar que para que se excluya de la base del ISN, se deben registrar en la contabilidad del contribuyente y que este es solo un ejemplo de un estado de la república pues cada entidad tiene su propio código fiscal donde se establecen los conceptos a considerar en el cálculo y la tasa del impuesto.

El Impuesto Sobre Nómina existe en las 32 entidades federativas, lo que significa dentro del estado en donde aplique, se declara de forma mensual y debe presentarse ante la Secretaría de Finanzas que corresponda, las fechas para dicha declaración de igual forma depende de la entidad federativa. Este pago se debe realizar desde el primer mes cerrado donde se realizó pago a los trabajadores.

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¿Cómo se calcula el ISN?

Se maneja por porcentaje y dentro de cada estado de la República, hay un porcentaje a pagar distinto.

Por ejemplo:

Fundamentado en el Código Fiscal de la Ciudad de México

“ARTÍCULO 158.- El Impuesto sobre Nóminas se determinará, aplicando la tasa del 3% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.”

Es decir que ese 3% será el porcentaje por el cual debes de multiplicar tu nómina, y la cantidad resultante será el ISN.

Como ejemplo utilizaremos a la empresa Nómina SA de CV

Sueldos y Salarios$120,000
Prima Vacacional$1,096
Prima Dominical$4,339
Total Nómina$125,435
Impuesto Sobre Nómina (3%)$3,763.05
Total + ISN$129,198.05

Como podemos observar, a partir de sacar el total de los sueldos a pagar, esa cantidad resultante se tiene que multiplicar por el porcentaje del estado al que le corresponda (en este caso, al ser CDMX el impuesto es de 3% sobre percepciones).

El cálculo es sencillo ya que solamente se necesitan dos elementos para realizarlo:

Base imponible ($125,435) y Tasa aplicable (3%)

En el caso de Ciudad de México, desde septiembre del 2018 el pago se hace en el Sistema de Administración de Contribuciones. El formato por el cual se declara, tiene como nombre “DECLARACIÓN PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINAS ARTÍCULOS 178 AL 181 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL”.

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Como se mencionó, al haber otros 31 estados en la República Mexicana, los porcentajes varían. Sin embargo, puedes encontrar la información que necesites ingresando a la siguiente búsqueda en el motor de búsqueda de tu preferencia “Impuesto Sobre Nómina Estatal 2021 *NombredelEstado*”.

Pero para evitarte este paso, te presentamos la tabla 2021 correspondiente por Estado:

EstadoTasa 2021
Aguascalientes2.5%
Baja California1.8% impuesto + 1.2% de sobretasa
Baja California Sur2.5%
Campeche2% al 3%
Chiapas2%
Chihuahua3%
Coahuila2%
Colima2%
Ciudad de México3%
Durango2%
Estado de México3%
Guanajuato2.3%
Guerrero2%
Hidalgo3%
Jalisco2%
Michoacán3%
Morelos2%
Nayarit2%
Nuevo León3%
Oaxaca3%
Puebla3%
Querétaro2%
Quintana Roo3%
San Luis Potosí2.5%
Sinaloa2.4% – 3%
Sonora2%
Tabasco2.5%
Tamaulipas3%
Tlaxcala3%
Veracruz3%
Yucatán3%
Zacatecas2.5%

¿Se puede condonar este impuesto?

El día 29 de enero de 2021, la Gaceta Oficial de la Ciudad de México publicó una resolución. Con esta resolución se otorga la condonación del 100% del ISN causado en el mes de enero 2021, para enfrentar los efectos negativos de la emergencia sanitaria por COVID-19.

“Condonación del 100 por ciento en el pago del Impuesto sobre Nóminas causado en el periodo de enero de 2021, a las personas físicas y morales que realicen erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se les otorgue, con efectos a partir del 1 de febrero de 2021.”

Lo anterior solo aplica para: establecimientos de giro restaurantero, y contribuyentes con empresas micro y pequeño (conforme a la normatividad), que estén registrados en el Padrón de Nóminas de la Ciudad de México, y que sean bajo las actividades no esenciales

Este tipo de medidas de condonación se realizan comúnmente para poder estimular a las empresas y que puedan pagar menos impuestos para mantener sus gastos de operación.

De igual forma, no es tan común y como mencionamos antes:

Es un impuesto estatal que cada persona física, moral o autónoma que pague percepciones a sus empleados debe de pagar obligatoriamente.

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